LIBERTAD DE ACCESO / NO DISCRIMINACIÓN

MIU está abierta a todos los estudiantes cualificados, según los requisitos establecidos para la admisión. MIU anima a que soliciten la admisión los aspirantes de todos los géneros, culturas, razas, religiones, y grupos étnicos. MIU está comprometida con la prevención de la discriminación a base de raza, religión, edad, discapacidad, género, orientación sexual, estado civil, origen, estado de veterano, afiliaciones políticas, u opiniones. Todos los empleados de MIU tiene la responsabilidad de mantener su trabajo libre de discriminación.

Cualquier acto de discriminación debe documentarse por escrito, especificando la razón por la discriminación. La reclamación debe enumerar todos los tipos relevantes de discriminación, identificar al infractor, y entregarse a los directores de MIU. A falta de una reclamación escrita, el empleado o docente que reciba la reclamación debe documentarla en un memorando, el cual se

reenviará a Desarrollo Estudiantil o Recursos Humanos, según proceda. Sin la firma del demandante, se considerará como una queja informal. MIU investigará todas las quejas y reclamaciones. Investigaciones pueden incluir entrevistas, preparación de declaraciones, reportes con resúmenes de la investigación, descripción del proceso de la investigación, hallazgos, y recomendaciones. Los reportes serán tratados de forma confidencial.

MIU puede intentar llegar a una reconciliación entre las dos partes involucradas. Si no se consigue la reconciliación, el responsable designado de MIU redactará y enviará un reporte final. Los reportes finales se enviarán dentro de 30 días después de la reclamación inicial. El presunto autor y el demandante serán notificados por escrito de la resolución y los procedimientos para apelaciones. Medidas correctivas, incluyendo sanciones, se considerarán y se implantarán en base a este reporte final.

Reclamaciones que se llegan a considerar como frívolas resultarán en sanciones contra el demandante, según determine los dirigentes de MIU. Las posibles sanciones incluyen, pero no se limitan a reprimendas que constan en la ficha del estudiante o empleado, restricción o pérdida de privilegios, y suspensión. Las reclamaciones se pueden retirar, pero MIU tiene el derecho de seguir investigando, ya que fue avisada de un posible acto de discriminación. Cualquier intento de represalia se tratará como una incidencia separada de discriminación.

En cuanto se llegue a una determinación para la acción disciplinaria o resolución apropiada, todas las partes se habrán contactado, y las circunstancias se habrán evaluado en su totalidad. Sin embargo, los implicados disponen de cinco días para presentar una apelación contra las sanciones determinadas. Estas apelaciones se dirigirán a una autoridad superior de MIU, la cual volverá a hacer la determinación, como proceda.